El 6 de febrero el Gobierno publicó un DNU para prohibir los tratamientos hormonales y cirugías de reasignación de sexo en menores de edad. Hablamos con especialistas para ver otros caminos posibles y romper engaños en torno a esta medida.
El DNU 62/2025, publicado en el Boletín Oficial, sustituye el artículo 11, que es el que expresa el derecho al libre desarrollo personal, y lo reemplaza por un texto donde se prohíben los tratamientos a personas menores de edad.
La medida fue anunciada por el vocero presidencial Manuel Adorni los primeros días de febrero. Responde a la prédica anti «woke» de la gestión libertaria, dejando a la población con menos derechos que antes.
Hablamos con las abogadas Julia Luna y Estefanía Galeano, del colectivo La Guardia Feminista de Abogadas – parte de Católicas por el Derecho a Decidir- para profundizar en esta temática.

Julia Luna, abogada.
Un anuncio engañoso
Publicar un DNU anunciando la prohibición de tratamientos en menores sin consentimiento de adultos o profesionales es un engaño. Nunca sucedió, la normativa que teníamos no lo permitía.
Esto quizá sea malicia, ignorancia o una combinación de ambos por parte de la gestión de Milei. Para Estefanía «son promesas de campaña que están cumpliendo, porque llevaron una campaña de odio hacia las mujeres y disidencias y esto no es más que el cumplimiento de sus promesas, que paralelamente ayuda a calmar los ánimos de sus votantes que económicamente la están pasando mal debido a las políticas económicas de ajuste que está llevando adelante este gobierno».
Por su parte, Julia considera que «es un DNU de la persecución y el odio que afecta a una minoría. Es inconstitucional e inconvencional, porque no hay necesidad ni urgencia en la sanción de este DNU».
En esta línea, enfatiza que se da en un contexto de desprotección a las infancias y desmantelamiento de políticas de niñez. «El colectivo trans tiene una expectativa de vida de 35 años, sufren exclusión de sus familias, la escuela y en el acceso a fuentes laborales, es por ello que existen medidas protectoras para garantizar una vida en condiciones de dignidad», explicó la abogada.
Dato clave: según el último censo el 0.04 % de las personas se identificaron con la identidad trans y de ellos solo 39.391 son menores de 24 años en una población de 46 millones de habitantes.
¿Qué está en riesgo con la modificación de la ley de Identidad de Género?
Para las entrevistadas, el principal derecho vulnerado es el del libre desarrollo personal, incluyendo el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, a la identidad y a derecho de expresarla libremente.
También se vulnera el derecho al acceso a la salud integral, puesto que la prohibición de la hormonización y las intervenciones quirúrgicas empujan a las personas a la clandestinidad y afectan gravemente su salud mental, pues muchos adolescentes verán sus tratamientos interrumpidos, explican.
En este marco conflictivo, Estefanía destaca que en 2025 se cumplirán 10 años de la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que marcó un antes y un después en la concepción de los derechos de las niñeces y adolescencias.

Estefanía Galeano, abogada.
«Desde la modificación del Código, este grupo tiene el derecho a ser escuchado, teniendo en cuenta su edad y madurez, y desde los 16 años hasta los 18 años (según el Código Civil) tienen el derecho a tomar decisiones sobre el cuidado de su cuerpo, y esto incluye los tratamientos no invasivos. Esta prohibición introducida por el DNU afectará gravemente dicho derecho», advierte.
En la misma línea, Julia denuncia que «actualiza un discurso adultocéntrico en el que coloca a las niñeces trans como objetos y no como sujetos de derecho, vulnerando su capacidad progresiva y autonomía progresiva ambos derechos garantizados por la Convención de los Derechos del Niño».
Extinguir el virus «woke», un discurso de odio contra los feminismos y las diversidades
Javier Milei dedica parte de sus discursos o posteos en redes sociales a criticar la “ideología woke”, vinculándola con el feminismo, inmigración, ambientalismo y perspectiva de género.
Aún así, Luna sostiene que el movimiento feminista hoy está con redes absolutamente fuertes y con feministas en distintos lugares. La interseccionalidad y la coordinación en acciones para hacer frente a estos discurso de odio es fundamental.
«El movimiento feminista no solo debate sobre infancias trans, aborto, ESI, anticoncepción sino también sobre la justicia social, redistribución de las riquezas, economía, interseccionalidad, lucha por el territorio ancestral, defensa de nuestros ecosistemas y ambientes. Creo que ese es un motivo por el cual el gobierno nos posiciona como un claro enemigo político. Porque venimos a transformar las injusticias y las estructuras tal cual como están dadas, que no han sido pensadas por y para las mujeres y colectivo LGBTIQ+», resalta la abogada.
Por su parte, Galeano también menciona a la organización como herramienta clave para enfrentar las políticas anti derechos. Además, enumera diferentes acciones que se pueden realizar:
- Desde lo legal, podemos impulsar litigios estratégicos para frenar normativas que vulneren derechos adquiridos.
- En el plano político, es fundamental la incidencia. La movilización y visibilización también son herramientas esenciales porque nos permite denunciar estas políticas y generar conciencia sobre la población que desconoce nuestras realidades y cree en ese discurso de odio.
- Por último, la resistencia cultural es fundamental. Crear espacios de debate permite contrarrestar los discursos de odio con información basada en derechos humanos.
¿Se puede revertir el DNU?
El 11 de febrero, la Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados de la Nación, que se desarrolló este martes, referentes de organizaciones de la comunidad LGBTTTIQ+ rechazó los cambios propuestos por el Gobierno en la Ley de Identidad de Género.
Estefanía fue contundente: el DNU se puede revertir, tanto en lo judicial, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del DNU (que, lamentablemente, debe interponerse en cada caso particular), como en lo político.
«En este último ámbito, los diputados y/o senadores, una vez que el DNU ingresa al recinto para su debate, deben rechazarlo para que no se convierta en ley. Ahora debe ingresar a la comisión, donde será aprobado o rechazado y, en caso de aprobación, deberá remitirse a Diputados para su tratamiento. En Congreso, en caso de que tenga el visto bueno de la comisión, se deberá realizar cabildeo de cada diputado y diputada para conseguir su voto negativo para la aprobación de la ley, además de que se necesitará llevar la lucha a las calles para que vean que estamos en contra de los retrocesos en los derechos humanos» explicó Galeano, respecto al paso del DNU por el Congreso.
Julia destaca que como abogadas organizadas en el espacio de La Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir, quieren aportar la herramienta jurídica para rebatir éste decreto e informar a las niñeces y adolescencias trans, como a organizaciones Trans y LGBTIQ+ que pueden buscarlas para poder accionar en los casos en concreto, a través de las redes sociales o la página de la organización.
¿Ya no existe la Ley de Identidad de Género como tal?
Muchas dudas y fakes news circularon en la opinión pública, pero las abogadas traen una dosis de tranquilidad al informar sobre la vigencia de la normativa.
«La Ley de Identidad de Género sí existe como tal, este decreto modifica solo el art. 11 referido a intervenciones quirúrgicas en niñeces y adolescencias trans», dijo Luna.
Sobre el punto anterior, si bien el DNU no tiene validez legal, Estefanía indica que genera lo que se conoce como inseguridad jurídica. Esto implica un manto de duda sobre su validez y, en consecuencia, sobre la vigencia del derogado artículo 11.
«Esta incertidumbre puede llevar a que los profesionales de la salud se nieguen a brindar tratamientos o realizar intervenciones médicas, por temor a posibles sanciones o conflictos legales. Al no quedar claro si la norma sigue vigente o no, muchos podrían optar por suspender la atención, lo que afectaría directamente a quienes requieren estos procedimientos», resalta.

Tu DNI sigue vigente
Las personas que cambiaron su DNI gozan absolutamente de todos los derechos que emanan de la Ley de Identidad de Género, este DNU modifica lo referido a intervenciones quirúrgicas en menores de 18 años, resalta Estefanía.
«No deberían sufrir ninguna obstaculización en trámites administrativos referidos a su identidad, ya que no se modificaron otros apartados de la ley. Digo “no deberían” porque en un contexto de fomentos de discursos de odio, estos calan en las instituciones y la forma de contrarrestarlos es con la ley en mano y acciones administrativas y judiciales de protección de derechos», señala Luna ante las dudas de quienes no saben qué puede hacer el Gobierno con sus nuevos DNI.
«Como guardia de abogadas queremos transmitir el mensaje de que somos red y cuentan con nosotras para accionar ante el atropello de derechos a las niñeces y adolescencias trans, como a miembros del colectivo LGBTIQ+ ante la avanzada de odios creemos que la respuesta es siempre construcción, estrategia, acción y redes feministas», enfatiza Julia.
La Ley de Identidad de Género sigue vigente y seguirá así, a menos que se decida derogarla por completo. «Hasta ahora, solo se ha modificado dicho artículo, que aún debe ser tratado en Diputados, además de lo relativo a las personas trans en contexto de encierro», aclara Galeano.