Estimados y Estimadas Referentes Provinciales y Municipales de Salud Sexual y Procreación Responsable
El 13 de marzo de 2012, en los autos “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo ejemplar y fundamental para la promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en la Argentina.
El fallo trata sobre el artículo 86, incisos 1 y 2 del Código Penal de la Nación, lo que se ha conocido en llamar el Aborto No Punible e involucra acciones concretas del sistema de salud en todos sus niveles.
En este sentido, adjuntamos el fallo completo y a continuación destacamos los puntos esenciales a tener en cuenta y los pasos a seguir por las autoridades correspondientes.