Comentarios al artículo “Femicidio por Despojo: Violencia Sexual Deshumanizante y Responsabilidad Penal por Suicidio” de Romina Arroyo* en el Anuario 2025 “Derecho Feminista”.

Imagen: Gabriela Franchini
Nota: este texto aborda casos de violencia sexual y suicidio.
Por qué hablamos de esto ahora
El próximo 6 de agosto el Congreso tratará en el recinto un proyecto de ley que busca agravar las penas para quienes denuncien delitos de violencia de género, contra la integridad sexual o contra niñas, niños y adolescentes, bajo la figura de “falsas denuncias”. Esta reforma, lejos de resolver un problema real, profundiza el temor a denunciar justo donde más se necesita incentivar que las víctimas hablen lo más pronto posible.
Ese temor a hablar, y lo que sucede cuando finalmente alguien se anima a hacerlo, es el corazón de la nota que compartimos hoy. Porque antes de preguntarnos cómo penalizar una denuncia que no puede probarse, vale la pena preguntarnos qué significa, para una víctima de violencia sexual, encontrar las palabras para contar lo que le pasó. Y qué pasa cuando esa palabra llega, pero llega tarde, después de que el daño ya hizo su trabajo silencioso.
Dos historias, una misma pregunta
Los casos de Sara y Laura (nombres ficticios que protegen su identidad real), dos mujeres cordobesas que denunciaron haber sido abusadas sexualmente y que tiempo después se quitaron la vida, muestran hasta qué punto el testimonio de una víctima puede ser la única puerta de entrada que tiene la justicia para reconstruir una verdad que ocurrió en la intimidad, sin testigos ni pruebas materiales evidentes. En ambos casos, ese testimonio no solo permitió avanzar con la investigación, sino que después, con ayuda de la autopsia psicológica, ayudó a entender que el suicidio no fue un hecho aislado sino la consecuencia directa de la violencia sexual sufrida.
Pensar en criminalizar a quien denuncia, en este contexto, es desconocer que la enorme mayoría de las víctimas de violencia de género ni siquiera llega a denunciar y que las falsas denuncias representan una fracción tan ínfima que constituye menos del 1%. Es también ignorar que muchas veces la palabra tarda años en aparecer y que cuando aparece merece ser escuchada, no puesta bajo sospecha desde el inicio. La historia de Sara y de Laura es, en ese sentido, un recordatorio urgente de lo que está en juego cuando el derecho decide cómo escuchar, o no escuchar, a quienes se animan a hablar.
Los casos de Sara y Laura muestran cómo la justicia argentina empezó a reconocer que el suicidio, en determinados contextos, puede ser la consecuencia directa de un abuso sexual previo. Sara fue abusada por su padre durante años. Laura fue engañada y agredida por un funcionario público al que admiraba profesionalmente. Ambas denunciaron, ambas atravesaron un proceso judicial, y tiempo después, ambas se quitaron la vida.
Lo que en otro momento hubiera quedado archivado como una tragedia individual y privada, hoy empieza a leerse de otra manera. Romina Arroyo propone llamarlo femicidio por despojo, una categoría que busca nombrar algo que todavía no tenía nombre propio en el derecho penal.
¿Qué es la autopsia psicológica?
Cuando una víctima muere, su testimonio directo desaparece del proceso judicial. Ahí entra en juego la autopsia psicológica, una técnica pericial que reconstruye el estado emocional y la historia de vida de una persona a partir de entrevistas a su entorno, su historia clínica, sus redes sociales y otros rastros que dejó en vida. Gracias a esta herramienta, especialistas en psicología pudieron explicarle a jueces y jurados populares cómo el abuso sexual había ido desarmando, paso a paso, la subjetividad de Sara y de Laura, hasta llevarlas a un punto donde la vida se volvió, literalmente, insoportable de habitar.
Dos casos, un mismo patrón
En el caso de Sara, condenaron a su padre Walter Insaurralde a prisión perpetua en 2021, el primer fallo del país en aplicar esta figura agravada del Código Penal frente a un suicidio derivado de abuso sexual. La autopsia psicológica mostró que Sara vivía desconectada de la vida y que un último pedido de su padre para que guardara silencio sobre lo ocurrido repitió, de otra forma, la misma dinámica del abuso original. En el caso de Laura, un jurado popular condenó en 2024 a Diego Concha, quien había usado su cargo público para acercarse a ella y agredirla. Los propios jurados, sin formación jurídica, lograron poner en palabras el daño usando imágenes que quedaron grabadas en la sentencia.
El despojo como concepto
El término despojo viene del derecho de propiedad, ligado a quitarle algo a alguien de forma ilegítima. Romina Arroyo lo traslada al cuerpo y a la identidad de las mujeres, donde el abuso sexual lastima físicamente y además le arrebata a la víctima el control sobre su propio relato, su futuro y su lugar en el mundo. El suicidio, entonces, deja de leerse como una decisión aislada y libre y se lo interpreta como el último tramo de un proceso de destrucción que empezó mucho antes, con la violencia sexual como punto de partida.
Nombrar estas muertes como femicidios es una forma de sacarlas del ámbito privado y ponerlas en discusión pública, reconociendo que detrás de una decisión aparentemente individual puede haber una historia de violencia estructural y de género. Este enfoque también plantea un gran desafío para el sistema judicial que deberá seguir formándose para leer estas huellas invisibles.
*Romina Arroyo es abogada integrante de la Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina.


