Declaración ante la 58 CSW de Católicas por el Derecho a Decidir -Argentina

Declaración de Católicas por el Derecho a Decidir Córdoba-Argentina 
Asociación civil sin fines de lucro con estatus consultivo ante ECOSOC, Naciones Unidas

Presentado en el marco de la 58 Período de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW58)


Desde Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, asociación civil sin fines de lucro con estatus consultivo ante Naciones Unidas que promociona y defiende los derechos humanos de las mujeres en Argentina y que somos parte de la Red Latinoamericana de Católicas por el Derecho a Decidir celebramos la 58 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer.

En este marco esperamos que en la 58 sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer enmarcada en la temática «Desafíos y logros en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para las mujeres y las niñas» las delegaciones de los países aquí representadas consideren las distintas realidades y contextos de mujeres, jóvenes y niñas, en especial el de la región de América Latina y El Caribe donde persisten las mayores brechas de acceso y equidad en cuanto a la salud sexual y reproductiva” (Cepal, 2009). “Lo cual, como consecuencia, trae aparejado altas tasas de embarazos adolescentes, embarazos no deseados y alta morbi-mortalidad materna relacionada al aborto inseguro” (Cepal, 2013).

En el caso particular de Argentina esta realidad conlleva a que nuestro país no cumpla para el año 2015 con el Objetivo del Desarrollo del Milenio 5. A en reducir en ¾ partes la mortalidad materna. 
En este sentido, nos parece importante recomendar que se considere durante la sesión las recomendaciones realizadas por el Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (Asamblea General, 2011) sobre la temática del aborto donde en su considerando 21 especifica “Las leyes penales que castigan y restringen el aborto inducido son el ejemplo paradigmático de las barreras inaceptables que impiden a las mujeres ejercer su derecho a la salud y, por consiguiente, deben eliminarse. Estas leyes atentan contra la dignidad y autonomía de la mujer al restringir gravemente su libertad para adoptar decisiones que afecten a su salud sexual y reproductiva. Asimismo, generan invariablemente efectos nocivos para la salud física, al ser causa de muertes evitables, morbilidad y mala salud, y para la salud mental, entre otras cosas porque las mujeres afectadas se arriesgan a caer en el sistema de justicia penal. La promulgación o el mantenimiento de leyes que penalicen el aborto puede constituir una violación de la obligación de los Estados de respetar, proteger y hacer efectivo el derecho a la salud.” (Informe provisional del Relator Especial sobre Informe provisional del Relator Especial sobre alto nivel posible de salud física y mental, 3 de agosto de 2011)

 

 

Por tanto, demandamos que en el transcurso de esta sesión se consideren además los últimos avances acordados por los Estados de Latinoamérica y El Caribe en el «Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo» de la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y El Caribe, Montevideo 2012, la cual impulsó en nuestra región el pleno reconocimiento y avance de los Derechos Sexuales y Reproductivos y la Igualdad de Género como Derechos Humanos esenciales en la agenda de desarrollo a nivel internacional. 
En el marco del consenso se recalcó la preocupación “por las elevadas tasas de muertes maternas, en gran medida debidas a la dificultad para acceder a servicios adecuados de salud sexual y salud reproductiva y a la realización de abortos inseguros, y conociendo que algunas experiencias en la región muestran que la penalización del aborto provoca el incremento de la mortalidad y morbilidad maternas y no disminuye el número de abortos, todo lo cual aleja a los Estados del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.” (Consenso de Montevideo, 2013:12)

Especialmente queremos resaltar que los estados acordaron en el párrafo 40 “Eliminar las causas prevenibles de morbilidad y mortalidad materna, incorporando en el conjunto de prestaciones integrales de los servicios de salud sexual y salud reproductiva medidas para prevenir y evitar el aborto inseguro, que incluyan la educación en salud sexual y salud reproductiva, el acceso a métodos anticonceptivos modernos y eficaces y el asesoramiento y atención integral frente al embarazo no deseado y no aceptado y, asimismo, la atención integral después del aborto, cuando se requiera, sobre la base de la estrategia de reducción de riesgo y daños.”

Reafirmamos la importancia de considerar el documento acordado por los Estados en la XII Conferencia Regional sobre la Mujer de la Comisión Económica para América Latina y El Caribe en el año 2013: Consenso de Santo Domingo, en el cual se especifica en su apartado 78 “Asegurar, en los casos en que el aborto es legal o está despenalizado en la legislación nacional, la existencia de servicios de aborto seguros y de calidad para las mujeres que cursen embarazos no deseados y no aceptados”, y párrafo 95 “Garantizar que todas las víctimas y sobrevivientes de violencia contra las mujeres (incluidos los hijos e hijas de las víctimas, así como las personas que de ellas puedan depender) tengan acceso inmediato a los servicios de atención integral, apoyo psicosocial y de salud mental, tratamiento de lesiones, refugio y atención después de una violación o agresión sexual, así como acceso a anticoncepción de emergencia y profilaxis para infecciones de transmisión sexual y servicios seguros de aborto en los casos de violación sexual.”(Consenso de Santo Domingo, 2013).

Asimismo demandamos avanzar sobre los acuerdos asumidos en esta materia en la 57 sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer en la cual se hace referencia explícita como medida para erradicar las violencias contra las mujeres el acceso a los servicios de aborto y citamos “Hacer frente a todas las consecuencias de la violencia contra las mujeres y las niñas, entre otras cosas para la salud física y mental y la salud sexual y reproductiva, mediante la prestación de servicios accesibles de atención de la salud que respondan a los traumas y ofrezcan medicamentos asequibles, seguros, eficaces y de buena calidad, atención primaria, tratamiento de lesiones y apoyo psicosocial y en el ámbito de la salud mental, anticonceptivos de emergencia, servicios de aborto sin riesgo, siempre que esos servicios estén permitidos por la legislación nacional, profilaxis posterior a la exposición a la infección por el VIH, diagnóstico y tratamiento de infecciones de transmisión sexual, formación de profesionales médicos para identificar y tratar eficazmente a las mujeres víctimas de la violencia, así como exámenes forenses llevados a cabo por profesionales debidamente capacitados” (57 Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, 2013:17). 

Queremos por último recalcar la importancia de la laicidad de los Estados para lograr una mayor igualdad de género y cumplimiento de los derechos humanos, en especial los derechos sexuales y reproductivos que fueron explicitados en ambos consensos regionales en los cuales se reafirma que “la laicidad del Estado es también fundamental para garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos, la profundización de la democracia y la eliminación de la discriminación contra las personas”[Consenso de Montevideo, 2013:6] “Que
tanto la laicidad del Estado como la implementación de formas participativas de gobierno son garantías para el ejercicio efectivo de los derechos humanos y la consolidación de la democracia, la transparencia y la gobernanza” (Consenso de Santo Domingo, 2013:2)

Reconocemos el apoyo continuo de la Comisión Económica para América Latina y El Caribe, Fondo de Población de Naciones Unidas y ONU Mujeres en la apertura del debate y avance por una mayor igualdad de género en el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos entre todos los actores involucrados en este proceso.

Subrayamos el rol destacado de la Delegación Argentina en las negociaciones tendientes al avance en los documentos de acuerdo regionales de Montevideo y Santo Domingo que demuestran el compromiso, los logros y los desafíos pendientes de nuestro país en materia de Derechos Sexuales y Reproductivos, especialmente con respecto al aborto inseguro. 
Aspiramos que este proceso pueda tener impacto a nivel global para continuar con el avance del reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. Además, que en el desarrollo de la agenda Post 2015 se garanticen “los mecanismos de monitoreo, que incluya objetivos, metas e indicadores de evaluación de impacto, aplicables a todos los actores involucrados, desagregados, suficientes, pertinentes y oportunos” (Declaración Guadalajara, 2013) en donde los derechos sexuales y reproductivos y la igualdad de género sean considerados como un eje primordial y como parte fundamental de los Derechos Humanos y del desarrollo de las personas.